Know-how: Saber hacer… ¿Qué exactamente?
Know-how apunta a algo muy claro y directo: saber hacer alguna tarea en concreto.
Pero tiene dos usos distintos que no deben confundirse, por ser un término polisémico.
Es muy utilizado en el lenguaje cotidiano y se refiere a un tipo específico de know-how:
El de quien sabe hacer algo porque lo tiene interiorizado.
Por eso se pide experiencia en ciertos trabajos, porque ese know-how no es transferible, es conocimiento exclusivo de cada quien.
Es el tipo de saber hacer que tiene quien aprende a nadar, andar en bicicleta o tocar un instrumento.
Ese al que no se puede llegar con conocimiento teórico nada más.
Luego está el término «know-how» que es mencionado en el contexto legal del secreto industrial y las cláusulas de confidencialidad (NDA).
Este saber es de otro tipo.
Es conocimiento teórico que consiste en instrucciones de gran rareza y valor, cuya revelación tiene importantes implicaciones empresariales y financieras.
Por ejemplo: fórmulas secretas o procedimientos y prácticas internas.
Ahora veremos la diferencia entre un concepto y el otro.
TL-DR – Resumen directo
- El término «know-how» se usa de dos formas: la epistemológica y la legal.
- En epistemología (Polanyi, Hayek) es conocimiento práctico, tácito e intransferible (tipo A).
- Pero en derecho/negocios «know-how» designa conocimiento teórico que consiste en instrucciones especializadas (tipo B) protegidas legalmente.
- Aunque comparten el nombre, son cosas distintas.
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Conocimiento de tipo A y tipo B

Para entender esta distinción conviene acudir a la sistematización que realiza el profesor Jesús Huerta de Soto en Socialismo, cálculo económico y función empresarial especialmente en el último apartado.
El conocimiento de tipo A (know-how) y el conocimiento de tipo B (know-that).
Esta taxonomía fue desarrollada con base en los aportes de, entre otros autores, Michael Polanyi y Friedrich Hayek.
¿Es un tema político?
No, estamos tratando temas epistemológicos, no ideología.
Conocimiento de tipo A: tácito y no articulable
Este es el conocimiento que se adquiere de la experiencia realizando una tarea.
Es un conocimiento tácito, ya que no requiere que quien lo aplique lo formule explícitamente en su mente ni lo formalice hacia terceros.
Es algo así como bailar en pareja.
Uno simplemente lo hace y la otra persona capta.
No es necesario decirle «procederé a efectuar el paso de baile conocido como…» para que capte.
Quien pretenda hacerlo así, antes de que termine de decir semejante tratado, termina bailando solo.
Es también un conocimiento intransferible y privativo, porque es exclusivo de cada individuo y de sus experiencias particulares.
Es la razón de que cada quien tenga su forma particular de hacer las cosas.
Por ejemplo: dos guitarristas pueden formarse en el mismo contexto, con los mismos profesores y practicando lo mismo, pero conforme se desarrollen, su estilo para tocar será radicalmente distinto.
El conocimiento tácito que cada uno de ellos fue procesando e internalizando es exclusivo de cada uno y es por ello que tocan distinto.
No se pueden igualar forzosamente.
Es imposible que tengan el mismo conocimiento de tipo A para tocar.
Esta es la razón principal por la que este conocimiento no es el «know-how» del que se habla en los contextos legales.
Por qué el conocimiento de tipo A no puede ser objeto de un contrato
Como este conocimiento no se puede transferir, serían contratos con objetos imposibles y por lo tanto inválidos.
Es práctico y empresarial porque este conocimiento se forma emprendiendo (de ahí «empresarial») una tarea de manera constante e iterativa a través del tiempo.
No existe algo así como leer un manual para «tocar como Slash» para memorizarlo y luego tomar una guitarra, por primera vez, e interpretar el solo de Sweet Child O’ Mine clavado.
Ahora bien, una prestación contractual (e.g. tocar Sweet Child O’ Mine) puede involucrar que un sujeto la ejecute sirviéndose de este conocimiento y su expertise.
Pero no se puede transferir de un individuo a otro, como si se pudiera comprar.
Este conocimiento no se adquiere con teoría, sino viviéndolo.
Conocimiento de tipo B: Teórico y articulable
Este es el conocimiento que se adquiere leyendo, escuchando una clase o viendo un documental.
Es un conocimiento explícito que requiere ser formalizado para crearse.
Es lo que se encuentra en los libros, artículos como este, clases de la universidad, tutoriales en Internet, manuales e instructivos.
Este conocimiento no es privativo, ni exclusivo de cada individuo.
Es todo lo contrario, no tiene rivalidad (en el sentido de que todos lo podemos tener al mismo tiempo) y no es escaso.
Por ejemplo, la información sobre el acorde básico de Mi menor en la guitarra la tienen prácticamente todos los guitarristas.
Este conocimiento sí se puede transferir y articular. Por eso es el que se emplea en los contextos legales por medio de acuerdos de confidencialidad (NDA) y secretos industriales.
Es el que se encuentra en cuestiones como la famosa fórmula de la Coca-Cola o la icónica receta de KFC.
El tipo de conocimiento B, aunque no sea el que se vive, no por ello es poco valioso, en realidad puede tener un valor enorme.
Como dice el profesor Huerta de Soto en sus clases: no hay nada más práctico que una buena teoría.
Por eso es que el buen conocimiento teórico vale mucho.
El conocimiento tipo B en el contexto legal
Aunque el profesor Huerta de Soto se refiere a las teorías en el contexto académico, esta frase también aplica para la información teórica en el contexto empresarial/comercial.
El llamado know-how del ámbito legal es, en términos epistemológicos, know-that (tipo B), aunque jurídicamente se lo denomine know-how por ser conocimiento instructivo para hacer algo.
Lo que habíamos visto: fórmulas secretas, procedimientos internos, prácticas de empresa, documentos e investigaciones privadas.
Todo eso tiene un incalculable valor para las empresas. Es por ello que este tipo de información suele volverse confidencial.
Como este conocimiento es transferible de una manera muy fácil (y cada vez más con los avances tecnológicos) las empresas deciden emplear el derecho para adaptarse dinámicamente a esta realidad.
Aquí hay varios matices, no puede ser cualquier conocimiento teórico, sino uno muy específico y privilegiado.
Veamos ejemplos.
Ejemplos de conocimiento tipo B en el contexto legal
- Secretos industriales/comerciales
Este tipo de información no puede ser conocida públicamente ni haber sido divulgada antes y además debe representar conocimiento muy específico y con una importancia clave dentro de los procesos productivos de una empresa.
No puede ser cualquier información genérica y tampoco puede ser cualquier información secreta pero irrelevante industrialmente (como una hoja contable).
Debe formar parte de la producción.
Este es el «know-how» al que se refieren los contratos en el contexto legal.
El secreto se entiende en sentido estricto, ni siquiera se puede revelar a una oficina gubernamental.
- Cláusulas de confidencialidad/Non-Disclosure Agreements
Los NDA son cláusulas autoexplicativas: no permiten que una información determinada pueda ser expuesta por quienes tienen acceso a ella.
Pueden emplearse para proteger secretos industriales.
Pero también pueden ser usadas para proteger otros tipos de conocimiento teórico que no necesariamente son fórmulas o secretos industriales, pero siguen siendo información sensible.
Por ejemplo: reportes, contratos o proyectos.
- Contratos de franquicia
Estos contratos consisten en que el franquiciatario adquiere el permiso legal del franquiciante para participar en el comercio con el nombre comercial, marcas y productos que pertenecen a este último.
Dentro de este contrato, también se adquiere acceso a las prácticas internas del franquiciante.
Esto es conocimiento de tipo B que está resguardado por NDAs y secretos industriales.
El franquiciatario aporta los recursos financieros para operar legalmente con estos activos intangibles dentro del comercio luego de haber celebrado este contrato.
Desde luego, se obliga a guardar confidencialidad sobre la información sensible del franquiciante.
¿Quiere volver secreta cierta información sobre su negocio? Contáctenos y le ayudamos.
Cuadro comparativo: Conocimiento tipo A y tipo B
| Características | Conocimiento tipo A (práctico) | Conocimiento tipo B (teórico) |
|---|---|---|
| Tipo | Tácito | Teórico |
| Cómo se adquiere | En la práctica | Estudiando / documentando |
| Articulable | No | Sí |
| Transferible | No | Sí |
| Nombre en el contexto legal | No existe | Know-how |
| Correspondencia epistémica | Know-how | Know-that |
| Ejemplo | Habilidad práctica para conducir | Receta de KFC |
Conclusión sintética
El know-how en el contexto legal/contractual se refiere a conocimiento teórico (de tipo B) altamente especializado, que representa instrucciones de gran valor porque indican cómo hacer X o Y producto de altísimo valor económico
Lo que sucede es que el derecho llama know-how porque este conocimiento es instructivo, esto aunque epistémicamente sea know-that.
El know-how en el contexto epistémico se refiere a conocimiento que se adquiere con la práctica y que no se puede transferir a nadie.
Esto porque es conocimiento privativo y único de cada individuo.
Este know-how no entra dentro del contexto legal de los NDA, secretos industriales o franquicias.








