¿De donde vienen los royalties?
Definición de royalty/regalías
Esta palabra tiene un origen etimológico en la realeza (‘royal’ o ‘real’) debido a que sus orígenes de remontan a la época donde en Gran Bretaña, las minas de oro y plata eran propiedad de la corona británica de forma que quien quisiera explotar recursos de dichas minas, debía hacer un pago a la corona, es decir, un royalty. (1)
El término evolucionó espontáneamente hacia su aplicación en el derecho de autor. Cantidad que se paga al propietario de un derecho, en especial al autor de una obra artística o al titular de una patente, a cambio del permiso para ejercerlo. (2)
Los royalties (o regalías) son una suma monetaria que deriva de la necesidad de pagar un derecho para la utilización de una obra que es objeto de derechos de propiedad intelectual y se paga al tenedor de dichos derechos. A continuación las formas en las que se presentan este tipo de relaciones jurídicas en la práctica.
Son un derecho patrimonial de autor.
A continuación algunos tipos de regalías por industria:
Tipos de regalías

En la industria musical existen las regalías mecánicas que se aplican en cuestiones como el streaming o la venta de discos en físico. También existen las regalías por ejecución, que se aplican a conciertos e interpretaciones de las obras sujetas al derecho de autor.

En la industria editorial existen las regalías de libros donde el autor recibe un porcentaje de cada copia vendida a cambio de permitir que el editor las venda. La distribución de porcentajes entre editor y autor están contempladas en un contrato de edición.

En la industria cinematográfica, las regalías por distribución y explotación son pagadas por cines o plataformas de streaming a las productoras en un porcentaje de las ganancias obtenidas por exhibir los filmes en sus carteleras o catálogos. De ahí en adelante, se distribuyen entre los titulares de derechos de autor y conexos del film en cuestión conforme a los acuerdos contractuales que tengan.
De la misma forma, estas regalías se generan con la venta física de DVD o Blue-Ray de copias del film en cuestión.
Los contratos de edición
Estas relaciones jurídicas entre editores y autores derivan de que, en un principio, el autor generalmente no cuenta con la estructura de capital que requiere para efectivamente vender su obra y monetizarla. (1)
Es aquí donde el editor o productor aporta como prestación la comercialización de la obra a través del uso de su equipo de capital, a cambio de un porcentaje de las ganancias obtenidas por hacerlo. La prestación del autor en este caso sería aportar la obra y consentir su venta por parte del editor mediante la cesión o licenciamiento de derechos patrimoniales. (3)
Dentro de estos contratos (que pueden involucrar cesión de derechos de autor) pueden existir cláusulas que determinen exclusividad, cantidad de copias producidas, cláusulas de no re-grabación (en la música), entre otras cuestiones.
Ahora bien, el autor puede prescindir de esta relación si consiguiese montar su propio esquema de monetización de las obras (o estructura de capital) y ser lo que se conoce con el término artista independiente.
Tarifas de regalías en servicios de streaming
En el caso del streaming de música, las plataformas tienen tarifas de regalías mecánicas que conceden a un autor por el número de reproducciones que sus obras tengan en la plataforma.
Las plataformas de streaming tienen tarifas por reproducción que se pagan en fracciones de dólar que varían en monto nominal según la plataforma en cuestión.
Existen métodos para calcular los ingresos estimados de una canción como con la página Streaming Royalties Calculator del sitio Music Getaway (4).
Hay otros factores que afectan la monetización, por ejemplo la ubicación geográfica de los streams o la duración de la pista.
En conclusión…
Las regalías son un método que tiene como función retribuir a los autores, así como a quienes le acompañan en su empresarialidad artística de manera conjunta. Dentro de este contexto, es importante conocer los tipos de regalías que hay en su industria, así como las relaciones contractuales que operan y se relacionan con ellas. De esta manera, será usted un autor más consciente sobre los flujos monetarios que comprenden su actividad artística que también es en sí misma, una actividad económica.
¡Autores! ¿cuál ha sido su experiencia con el sistema de royalties? ¡Compartan libremente!
Referencias
(1) Britannica Money – Royalty
(2) Diccionario panhispánico del español jurídico – Definición de royalty
(3) Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos #6683 – Costa Rica – Artículo 21
(4) Music Getaway