El rol del impresario dentro de la industria
El impresario, como su nombre lo indica, es un individuo que emprende acciones deliberadas para organizar, coordinar o financiar conciertos, festivales, presentaciones teatrales, de danza o cualquier otra performance artística.
No es exactamente lo mismo que un manager o representante, que ya vimos en otro post.
Es la persona responsable de coordinar a todos los demás agentes y de asignar recursos escasos dinámicamente para que la actividad pueda llevarse a cabo.
Esta no es una tarea para nada fácil, desde el punto de vista tanto empresarial como legal.
Además, comprende una importante asunción de riesgos desde el primer momento.
En este post, vamos a repasar algunas de sus funciones prácticas, los contratos que celebra y también, cómo opera a un nivel más profundo: desde los principios de la función empresarial.
Esto último, basado en los aportes de Ludwig Von Mises y la escuela austríaca de economía, que resultan ser los más apropiados para estudiar esta faceta.
Imagen destacada: Foto de Dawn Lio
TL:DR – Resumen Tren Loco
- El impresario es el que coordina o financia conciertos, quien mueve los hilos del telón.
- El impresario se encarga de múltiples funciones como contratar artistas, conseguir patrocinios y publicitar el evento.
- Cada acto que realiza, celebra contratos derivados de pactos con cada persona u organización.
- Al anunciar el concierto y recibir dinero de entradas, el impresario promete el hecho de un tercero, esta promesa lo vincula legalmente.
- La función empresarial es clave, el impresario actúa y asume todos los presupuestos de actuar, como asumir costes, riesgos y es un detector de oportunidades desapercibidas en el mercado, movilizador de recursos escasos y previsor de demanda futura por espectáculos.
Funciones cotidianas de un Impresario

Estos agentes del mercado se dedican a una función principalmente coordinadora, por lo tanto, sus tareas irán naturalmente yendo hacia esa dirección.
Las funciones que un impresario desempeña están íntimamente ligadas con los otros dos aspectos de este post.
Si no existiera el aspecto legal, a través del derecho contractual, no podría directamente realizar pactos y tratos.
Y por otra parte, si no existieran los fundamentos de la función empresarial, eso implicaría que nadie podría actuar, en absoluto.
Nadie es… nadie.
Más adelante explicaremos esto último.
Aquí algunas (no todas) de las funciones cotidianas de un impresario, de acuerdo a con quién las realiza en conjunto.
Muchas de estas tareas las realiza esta persona actuando en conjunto con otras, delegándoles las tareas.
Pueden ser empresas privadas, apoderados, abogados o cualquier otro actor.
No obstante, de todos modos sigue dependiendo del impresario coordinar todos estos aspectos, directa o indirectamente.
De cara al público
En este caso, el público sería un consumidor del evento, por lo tanto, sus funciones de cara al público representan.
- Prometer al público la presentación en una fecha, hora y lugar determinados.
- Anunciar esa promesa públicamente y promocionarla.
- Encargarse de contratar con la empresa distribuidora de tickets o entradas (eticket, por ejemplo).
- Conseguir los permisos necesarios a tiempo (importante, las omisiones pueden ser graves) y demás trámites.
- Asegurarse de que el recinto cumple con las condiciones de seguridad y salud necesarias para que el público pueda asistir.
- Contratar personal de seguridad para garantizar protección ante conflictos violentos.
De cara a los artistas que se presentan
Ellos son la atracción principal, por lo que coordinarlos bien es imprescindible. Para conseguir su participación, un impresario debe:
- Conseguir los artistas que se van a presentar y contratarlos para presentarse en un lugar.
- Establecer horarios y fechas para que se puedan presentar.
- Ofrecerles una remuneración por el concierto.
- Pactar cómo se van a repartir las responsabilidades sobre la provisión de equipo de sonido y luces: si los artistas lo llevan o si es necesario contratar a alguien más.
- En algunos casos, encargarse de proporcionar a los artistas cosas que hayan pedido para antes y para después de los conciertos, como viáticos, ciertos alimentos u otras solicitudes.
- Acondicionar el local alineándolo con el rider técnico que envían los artistas, en conjunto (o delegándolo totalmente) con los sonidistas.
De cara a productores, patrocinadores y financistas
Muchas veces, estos son quienes financian y ayudan a coordinar aspectos importantes para que se dé el evento, a cambio de participación en las ganancias.
- Transmitir efectivamente la idea de potencial demanda futura del evento a patrocinadores y financistas.
- Establecer presupuestos, garantías y repartición de los riesgos.
- Configurar roles para la repartición de las tareas logísticas y financieras.
- Prever responsabilidad legal ante riesgo de incumplimientos o infortunios como fuerza mayor y/o casos fortuitos.
Como con todo inversor, naturalmente la tarea del impresario es convencerle de que el proyecto será rentable en el futuro, teniendo como finalidad principal darle seguridad y eliminar la mayor cantidad de incertidumbre posible en su panorama.
La base fundamental: los aspectos legales de las actuaciones del impresario

Piense en este concepto:
Muñeca rusa.
Ese término es la clave para este post. Me explico.
Todo lo que el impresario hace está respaldado, de una u otra forma, por contratos.
Cada una de las relaciones entre actores debe verse como una muñeca rusa, que va por capas contractuales.
¿A qué me refiero?
A que cada relación está cubierta por varios contratos que, además, en sí mismos contienen más y más detalles a medida que se van formando.
Piense en todos los elementos que se estudian en AUTORATIA Contratos.
Están en cada uno de ellos.
Ahora multiplíquelo por la cantidad de relaciones contractuales y comerciales que existen en este tipo de eventos.
A medida que pacta, es como si recogiera piedritas muy pequeñas, que luego hacen un saco contractual.
Algunas de las relaciones contractuales que celebra el impresario
Por lo que ya explicamos, no podemos revelar todos los contratos en detalle, debido que este post pasaría a durar fácilmente una hora de lectura.
También tenemos un post donde se detallan estos contratos en conciertos.
Pero, sí que podemos explicar de forma básica cómo funcionan los contratos principales que se celebran.
Explicaremos uno celebrado con el público, otro con los artistas y otro con los patrocinadores.
Con el público: contrato con promesa de hecho de un tercero
El concierto, para el público, se sostiene bajo algo clave: una promesa.
El impresario nos pone la idea en la mente de que X artista va a venir a presentarse y de que, si le damos una cantidad monetaria, nos da un derecho de entrada para ver el concierto.
Esto es un intercambio justo, siempre que ambas partes cumplan.
Pero esta promesa no depende del impresario, depende del hecho de un tercero: la presentación de los artistas.
Es decir, algo que en términos prácticos, no puede controlar del todo.
Esta promesa implica asumir una gran responsabilidad ya que incumplir implica algo muy serio.
Si la promesa fuera falsa, se puede constituir una estafa siempre que el impresario lo supiera y quisiera engañar al público.
Es decir: cárcel.
En cambio, si no era falsa, pero hay un incumplimiento, se genera responsabilidad civil contractual.
Es decir: demanda millonaria.
También, por lo general los fondos que el público paga son retenidos por la tiquetera.
Solo los libera una vez el artista finaliza el concierto efectivamente, de lo contrario los reintegra al público.
Una perspectiva valiosa para estudiar más allá.
Nota del autor: Los derechos de propiedad
Desde ciertas teorías contactuales como la Teoría de la Transferencia de Títulos (TTToC) de Rothbard y Evers se puede examinar que, si la promesa fue falsa o el concierto no se presta, constituye un robo.
La teoría entiende todo el derecho desde los derechos de propiedad privada, rechaza la visión de que existen derechos de propiedad y también derechos de crédito, sino que todos deben entenderse desde la propiedad privada.
Al traspasar la propiedad de su dinero condicionada a que se de el concierto, si el concierto era falso o no se da, esta teoría concluye que el impresario estaría reteniendo ilegítimamente la propiedad del dinero del público, por ende, cometiendo una apropiación ilegítima de ese dinero.
Esta teoría contractual no es la mainstream y por tanto, no se aplica en las leyes actuales, pero igualmente resulta crucial para entender didácticamente este tema.
El contrato de actuación musical
Este contrato es el más sencillo de entender en sus elementos naturales.
Es en términos generales, un contrato de servicios donde el grupo musical o artista no está subordinado al impresario, como en un contrato laboral, sino que es un autónomo o independiente.
Estos pactan que a cambio de una remuneración, se presentarán en un lugar a una fecha y hora determinados.
Eso es el elemento natural, remuneración a cambio de servicio.
La remuneración puede ser en dinero o pagos en especie.
También hay otros elementos adicionales (llamados accidentales) que pueden existir como por ejemplo los modos de cumplir, que detallamos en este post.
El contrato de sponsorship o patrocinio
Este contrato debe verse desde los dos puntos de vista de las partes.
El patrocinador ve este contrato como una inversión en publicidad, ya que el evento será masivo y puede hacer que las personas conozcan la marca y entren dentro del embudo de marketing.
Especialmente en la atapa de awareness o atracción.
El patrocinado ve este contrato como una forma de recibir inversión financiera y recursos de todo tipo para poder llevar a cabo su actividad exitosamente.
Es así que se asocian y celebran este contrato, que es atípico (no está en la ley) y se obligan recíprocamente a:
- Proporcionar recursos, en el caso del patrocinador.
- Dar exposición y publicidad a la marca patrocinadora, en el caso del patrocinado.
También pueden existir acuerdos financieros de repartición de ganancias y cuestiones similares.
Una mirada más profunda: la función empresarial

Para entender mejor cómo actúa el impresario, nada mejor que explicarlo a partir de quienes más y mejor han estudiado al ser humano como empresario:
Los economistas austriacos.
Estos desarrollos fueron formulados por autores como Israel Kirzner, F.A Hayek y Ludwig von Mises desde finales del siglo XIX e inicios del XX.
Para quien no esté familiarizado con el tema, no hay de qué preocuparse.
Estos conceptos son muy intuitivos y su comprensión es de primera mano.
La acción humana como base fundamental
Partimos de una base muy simple: el ser humano actúa.
Esto es obvio, pero resulta que de esta base simple se acaba entramando una serie de supuestos más complejos que derivan del simple hecho de actuar.
Por ejemplo, asumir costes de oportunidad al escoger una opción por sobre otra.
Esto implica valorar subjetivamente que algo vale la pena, como organizar el concierto o asistir a él, por sobre cualquier otra alternativa posible de realizar con los mismos recursos escasos.
Y de esta manera, conseguir los medios necesarios para ese fin.
Aquí debe tenerse muy en cuenta que la palabra empresario se emplea en sentido amplio, es decir, de quien emprende una acción y en este sentido: todos somos empresarios. Es por ello que sin los fundamentos de la función empresarial, nadie podría actuar del todo.
Desde el que compra un boleto para ir, el artista, el asegurador y hasta el financista. Todos son empresarios.
Ahora bien, el impresario del que trata este post es empresario en sentido estricto (comercial) y también en sentido amplio (de actuar).
El conocimiento disperso y los desajustes en el mercado
Es a través de estos fundamentos que el impresario puede detectar que puede existir haber algo que algunas personas valorarían, pero que no tienen a disposición.
Es decir, necesidades que pasan desatendidas en el mercado.
Y que por otra parte, esa misma cosa la puede tener otro grupo de personas, pero no la valoran igual.
Aquí hay un desajuste donde lo que una persona desea y no puede conseguir, otra lo tiene pero no lo está usando.
Además, para terminar de complicar las cosas, ¡no se conocen!
O al menos, no saben que uno tiene lo que el otro necesita.
Y por tanto, no saben que existe alguien que valoraría esos recursos que tienen y que estaría dispuesto a darles ese recurso que tanto desean o necesitan a cambio del que tienen.
Esto se conoce como conocimiento disperso.
Entonces la función empresarial consiste en aprovechar esas dispersiones para coordinar a estas dos personas y que se entreguen, mutuamente, lo que tienen y obtengan de la otra persona lo que más valoran a cambio.
El rol de la función empresarial y la proyección hacia el tiempo futuro
El ser humano hace previsiones sobre el futuro y asume costes todo el tiempo.
En este caso, el impresario cumple todos estos supuestos, ya que hace una estimación futura de que ese fin también será valorado por los demás, es decir, se anticipa a la demanda futura.
Esta previsión puede triunfar o puede fallar porque la incertidumbre siempre existe y no se puede eliminar del todo.
Pero, como el impresario considera esto potencialmente rentable, entonces es ahí donde entra en juego la función empresarial, coordinando a diversos agentes del mercado y moviendo recursos escasos hacia donde más se necesitan.
Ejemplos prácticos
Puede ser que el artista tenga talento, habilidad, obras y performance, que están ociosas.
Pero necesita recursos financieros para continuar sus actividades…
Entonces ofrece lo que tiene en abundancia a cambio de aquello que desea obtener.
De la misma forma ocurre con el impresario en viceversa.
El público tiene acceso a una cantidad de dinero ocioso (si no, no podrían gastarlo en el concierto) pero no tienen forma de ver a su artista preferido en directo.
Entonces dan el dinero a cambio de acceso a la performance.
Esto porque necesariamente valoran mucho más la performance que el dinero.
Porque unos números en la cuenta o unos billetes no son tan entretenidos como la experiencia, única e irrepetible, de ver a su artista preferido en vivo.
Y de la misma forma ocurre con los financistas y patrocinadores, con respecto al impresario y el evento.
Estos desarrollos son mucho más amplios y detallados.
Pero por razón de espacio los dejaremos hasta aquí.
TODOS los presupuestos de la acción entran en juego con cada acto que el impresario realiza.
Y lo mismo aplica para todos los demás participantes del evento.
Es por esto que es importantísimo entender estos fundamentos.
Ya que forman parte de cualquier tarea humana (escribir este artículo, por ejemplo).
Especialmente tareas complejas y que se realizan a través de múltiples espacios temporales, tales como los conciertos.
Nota especial del autor sobre AUTORATIA Contratos
La complejidad de la acción
Todos estos conceptos derivados de los desarrollos austriacos son amplios y complejos, por lo que insto a estudiar más allá de este breve texto a quien le interese conocerlos.
El mundo de la acción humana, a pesar de la simpleza de su axioma resulta ser increíblemente complejo y extenso.
Por esto mismo precisamente es que el mundo contractual también lo es, especialmente aquel que vive y evoluciona en los contratos atípicos.
Así como la costumbre comercial tanto a nivel local como internacional.
Quiero cerrar esta obra instando a estudiar e informarnos, pero no de manera confrontativa o pasivo-agresiva (como se hace en muchas discusiones ideológicas que pululan en las redes) sino en un ejercicio de autoevaluación crítica y perfeccionamiento constante, tal cual lo hacemos los músicos al componer y precisar lo que queremos expresar, o los escultores con su cincel afinando las líneas y ángulos de sus esculturas.
Sabemos mucho menos de lo que creemos saber.
Esto es así con independencia del nivel de experiencia o habilidad en algún campo.
Lo bueno, es que nos podemos ayudar los unos a los otros sin necesidad de saberlo todo.







